Artículo 12 de Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos
Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos · Última reforma de referencia: 29-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 12.- Cuando los contribuyentes tengan establecimientos en dos o más Entidades Federativas, deberán llevar los registros contables necesarios para informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la declaración del ejercicio, de las ventas realizadas en cada entidad federativa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.