Artículo 33 de Ley Federal del Mar
Ley Federal del Mar · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 33.- El sobrevuelo de aeronaves extranjeras en el Mar Territorial está sujeto a las leyes nacionales, de conformidad con las obligaciones internacionales de los Estados Unidos Mexicanos en la materia y su inspección, vigilancia y control quedan sujetas exclusivamente a la jurisdicción y competencia del Poder Ejecutivo Federal, en los términos de la Ley de Vías Generales de Comunicación y otras disposiciones legales vigentes.
CAPITULO II De las Aguas Marinas Interiores
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.