Ley federal

Artículo 177 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 177.- La jornada de trabajo de los menores de dieciséis años no podrá exceder de seis horas diarias y deberán dividirse en períodos máximos de tres horas. Entre los distintos períodos de la jornada, disfrutarán de reposos de una hora por lo menos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 177 de la Ley Federal del Trabajo establece normas específicas para la jornada laboral de los menores de dieciséis años. Estos jóvenes no pueden trabajar más de seis horas al día, lo que busca proteger su desarrollo y bienestar.

Además, la jornada debe dividirse en períodos que no superen las tres horas. Esto significa que, en un día de trabajo, los menores deben tener descansos adecuados. Entre cada uno de estos períodos, se les garantiza un tiempo de reposo de al menos una hora.

  • Máximo de seis horas de trabajo diario para menores de dieciséis años.
  • División de la jornada en períodos de tres horas como máximo.
  • Obligación de disfrutar de al menos una hora de descanso entre períodos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 177 de Ley Federal del Trabajo?

La jornada de trabajo de los menores de dieciséis años no podrá exceder de seis horas diarias y deberán dividirse en períodos máximos de tres horas. Entre los distintos períodos de la jornada, disfrutarán de reposos de…

¿Está vigente el artículo 177?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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