Artículo 264 de Ley Federal del Trabajo
Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 264.- Son causas especiales de rescisión de las relaciones de trabajo:
I. La negativa a efectuar el viaje contratado o su interrupción sin causa justificada. Será considerada en todo caso causa justificada la circunstancia de que el vehículo no reúna las condiciones de seguridad indispensables para garantizar la vida de los trabajadores, usuarios y del público en general; y II. La disminución importante y reiterada del volumen de ingresos, salvo que concurran circunstancias justificadas.
CAPITULO VII Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.