Ley federal

Artículo 425 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 425.- El reglamento surtirá efectos a partir de la fecha de su depósito. Deberá imprimirse y repartirse entre los trabajadores y se fijará en los lugares más visibles del establecimiento.

CAPITULO VI Modificación colectiva de las condiciones de trabajo

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 425 de la Ley Federal del Trabajo establece que el reglamento interno de trabajo entra en vigor desde el momento en que se deposita. Esto significa que no es necesario esperar un periodo adicional para que sus disposiciones sean aplicables.

Además, se requiere que el reglamento sea impreso y distribuido entre todos los trabajadores, asegurando que cada uno tenga acceso a su contenido. También es obligatorio que se coloque en lugares visibles dentro del establecimiento, lo que permite que todos los empleados puedan consultarlo fácilmente.

  • El reglamento comienza a tener efectos desde su depósito.
  • Debe ser impreso y repartido entre los trabajadores.
  • Se debe fijar en lugares visibles del establecimiento.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 425 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 425 de la Ley Federal del Trabajo establece que el reglamento interno de trabajo entra en vigor desde el momento en que se deposita. Esto significa que no es necesario esperar un periodo adicional para que sus disposiciones sean aplicables. Además, se requiere que el…

¿Está vigente el artículo 425?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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