Ley federal

Artículo 447 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 447.- La huelga es causa legal de suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo por todo el tiempo que dure.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La huelga es un derecho de los trabajadores que permite suspender las relaciones laborales. Esto significa que, durante el tiempo que dure la huelga, se interrumpen los efectos de los contratos de trabajo. Es importante entender que esta suspensión no implica la terminación del contrato, sino que se detienen las obligaciones y derechos que normalmente existirían entre el trabajador y el empleador.

  • La huelga es un derecho de los trabajadores.
  • Suspende las relaciones laborales mientras dure.
  • No termina el contrato de trabajo, solo lo interrumpe.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 447 de Ley Federal del Trabajo?

La huelga es causa legal de suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo por todo el tiempo que dure.

¿Está vigente el artículo 447?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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