El artículo 475 Bis de la Ley Federal del Trabajo establece que el patrón tiene la responsabilidad de garantizar la seguridad y la higiene en el entorno laboral. Esto incluye la prevención de riesgos en el trabajo, siguiendo lo que indica la ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas que sean pertinentes.
Por otro lado, también se menciona que los trabajadores deben cumplir con las medidas de seguridad e higiene que se establecen en los reglamentos y normas oficiales. Además, deben seguir las indicaciones que les den los patrones para prevenir riesgos en el trabajo.
- El patrón es responsable de la seguridad e higiene laboral.
- Se deben seguir las disposiciones de la ley y normas aplicables.
- Los trabajadores deben observar las medidas de seguridad establecidas.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.