Ley federal

Artículo 50 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 50.- Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán:

I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios;

II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados;

Fracción reformada DOF 24-12-2024 III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos previstos en el artículo 48 de esta Ley, y Fracción reformada DOF 30-11-2012, 24-12-2024 IV. Para las personas trabajadoras de plataformas digitales la indemnización consistirá en tres meses de salario. Adicionalmente se pagarán veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados, tomando en cuenta el tiempo efectivamente laborado, como lo establece el artículo 291-D del mismo ordenamiento y los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos previstos en el artículo 48 de esta Ley.

Fracción adicionada DOF 24-12-2024

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo establece las indemnizaciones que se deben pagar a los trabajadores al finalizar una relación laboral. Estas indemnizaciones varían según el tipo de contrato y el tiempo de servicios.

  • Para contratos de tiempo determinado menor de un año, se paga la mitad de los salarios correspondientes al tiempo trabajado.
  • Si el contrato es mayor a un año, se paga el equivalente a seis meses de salario por el primer año y veinte días de salario por cada año adicional.
  • Para contratos de tiempo indeterminado, la indemnización es de veinte días de salario por cada año trabajado.
  • Se añaden tres meses de salario y el pago de salarios vencidos e intereses, según lo indicado en el artículo 48.
  • Los trabajadores de plataformas digitales reciben tres meses de salario, más veinte días por cada año trabajado, considerando el tiempo efectivamente laborado.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 50 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo establece las indemnizaciones que se deben pagar a los trabajadores al finalizar una relación laboral. Estas indemnizaciones varían según el tipo de contrato y el tiempo de servicios. Para contratos de tiempo determinado menor de un…

¿Está vigente el artículo 50?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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