El artículo 702 de la Ley Federal del Trabajo establece que, en el ámbito laboral, no se puede alegar que un tribunal no es competente para conocer un caso simplemente porque se niega la existencia de una relación de trabajo. Esto significa que, si una persona impugna su relación laboral, el tribunal debe analizar el caso sin que esta negativa sea un motivo para declinar su competencia.
- No se acepta la negativa de la relación de trabajo como defensa de incompetencia.
- Los tribunales deben abordar el fondo del asunto, independientemente de la negativa.
Este artículo busca asegurar que los conflictos laborales sean resueltos adecuadamente, sin que se utilicen argumentos de incompetencia para evadir el análisis del caso.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.