Ley federal

Artículo 722 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 722.- Las declaraciones que rindan las partes, sus apoderados o cualquier persona ante el Tribunal, las harán bajo protesta de decir verdad y bajo apercibimiento de las penas en que incurren si declaran falsamente ante autoridad.

Párrafo reformado DOF 01-05-2019 Las declaraciones de peritos en derecho, serán rendidas bajo protesta de decir verdad, sin que se requiera apercibimiento alguno.

Artículo reformado DOF 04-01-1980

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 722 de la Ley Federal del Trabajo establece que todas las declaraciones realizadas por las partes involucradas, sus representantes o cualquier persona ante el Tribunal deben hacerse bajo protesta de decir verdad. Esto significa que quienes declaran se comprometen a decir la verdad, y son conscientes de las consecuencias legales que pueden enfrentar si mienten.

Además, se menciona que las declaraciones de peritos en derecho también deben hacerse bajo protesta de decir verdad, pero en este caso no es necesario que se les advierta sobre las penas por declarar falsamente.

  • Las declaraciones ante el Tribunal son bajo protesta de decir verdad.
  • Las partes y sus apoderados son responsables de la veracidad de sus declaraciones.
  • Los peritos en derecho declaran bajo protesta sin necesidad de apercibimiento.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 722 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 722 de la Ley Federal del Trabajo establece que todas las declaraciones realizadas por las partes involucradas, sus representantes o cualquier persona ante el Tribunal deben hacerse bajo protesta de decir verdad. Esto significa que quienes declaran se comprometen a…

¿Está vigente el artículo 722?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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