Ley federal

Artículo 813 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 813.- Todos los que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben probar, están obligados a declarar como testigos.

La parte que ofrezca prueba testimonial deberá cumplir con los requisitos siguientes:

I. Sólo podrán ofrecerse un máximo de tres testigos por cada hecho controvertido que se pretenda probar;

II. Indicará los nombres y domicilios de los testigos; cuando exista impedimento para presentar directamente a los testigos, deberá solicitarse al Tribunal que los cite, señalando la causa o motivo justificados que se lo impidan, en cuyo caso deberá proporcionar su domicilio y, de resultar éstos incorrectos, quedará a cargo del oferente su presentación;

III. Si el testigo radica fuera del lugar de residencia del Tribunal, el oferente deberá al ofrecer la prueba, acompañar interrogatorio por escrito, al tenor del cual deberá ser examinado el testigo y exhibir copias para cada una de las partes, de no hacerlo, se declarará desierta. Las copias del interrogatorio, se pondrán a disposición de las demás partes, para que dentro del término de tres días presenten su pliego de repreguntas en sobre cerrado.

El Tribunal, librará exhorto, acompañando, en sobre cerrado y sellado, los interrogatorios en su caso previamente calificados; del que deberá sacarse una copia que se guardará en el secreto del Tribunal, para que sea desahogado por el Tribunal exhortado.

No obstante, lo anterior de no existir impedimento técnico o material, el tribunal podrá ordenar que el desahogo de la prueba se rinda vía remota, a través de videoconferencia, cuando sea posible, para lo cual el tribunal exhortado deberá asegurarse de que el testigo se encuentre en la sala de audiencias que disponga para llevar a cabo dicha prueba;

IV. Cuando el testigo sea servidor público, desde el nivel de Dirección o similar, rendirá su declaración por medio de oficio en vía de informe, observándose lo dispuesto en este artículo en lo que sea aplicable.

Artículo reformado DOF 04-01-1980, 30-11-2012, 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 813 de la Ley Federal del Trabajo establece la obligación de declarar como testigos a quienes tengan conocimiento de los hechos que las partes deben probar. La parte que presente prueba testimonial debe cumplir con ciertos requisitos.

  • Se permite un máximo de tres testigos por cada hecho en disputa.
  • Se deben proporcionar los nombres y domicilios de los testigos. Si no se pueden presentar directamente, se debe solicitar al Tribunal que los cite, justificando la razón y proporcionando su domicilio.
  • Si el testigo vive fuera del lugar del Tribunal, se debe presentar un interrogatorio por escrito y copias para cada parte. Si no se hace, se considerará desierta la prueba.
  • El Tribunal puede permitir que la declaración se realice por videoconferencia si no hay impedimentos técnicos.
  • Los testigos que sean servidores públicos de alto nivel deben rendir su declaración por medio de un informe escrito.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 813 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 813 de la Ley Federal del Trabajo establece la obligación de declarar como testigos a quienes tengan conocimiento de los hechos que las partes deben probar. La parte que presente prueba testimonial debe cumplir con ciertos requisitos. Se permite un máximo de tres…

¿Está vigente el artículo 813?

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