Artículo 28 de Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal
Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal · Última reforma de referencia: 27-03-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 28.- La Secretaría emitirá y distribuirá gratuitamente a los interesados, las formas oficiales sobre la realización de trámites y otorgamiento de apoyos a las empresas que figuren en el Padrón.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.