Artículo 30 de Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita · Última reforma de referencia: 20-05-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 30. Los incumplimientos a las obligaciones a cargo de los integrantes por causas imputables a la Entidad Colegiada, serán responsabilidad de ésta.
La Entidad Colegiada no será responsable cuando el incumplimiento de las obligaciones a cargo del integrante sea por causas imputables a éste.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.