Artículo 44 de Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita · Última reforma de referencia: 20-05-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 44. La Unidad podrá consultar las bases de datos de la Secretaría que contienen los Avisos de actos u operaciones relacionados con las Actividades Vulnerables y ésta última tiene la obligación de proporcionarle la información requerida.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.