Ley federal

Artículo 25 de Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia · Última reforma de referencia: 26-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 25.- Corresponderá al gobierno federal, a través de la Secretaría de Gobernación, declarar la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres.

La persona titular de la Secretaría de Gobernación notificará a las personas titulares de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a la instancia de procuración de justicia de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, o de los municipios de la entidad federativa en que se emita la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres.

Una vez notificada la Alerta, las autoridades federales, de las entidades federativas, municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, deberán, de manera inmediata y coordinada con el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, implementar el Programa de Acciones Estratégicas de cumplimiento.

El Programa de Acciones Estratégicas deberá contener, al menos las siguientes características:

I. Estar alineado a la política integral y programas locales para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres;

II. Las acciones para hacer frente a la violencia feminicida o al agravio comparado;

III. Los plazos para su ejecución;

IV. La asignación de responsabilidades a las autoridades competentes;

V. Los recursos presupuestales destinados para dichas actividades;

VI. Los indicadores de evaluación, seguimiento y cumplimiento de las acciones, o VII. La estrategia de difusión en la entidad federativa de los resultados alcanzados.

Artículo reformado DOF 29-04-2022

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 25 de Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 25 de Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia?

Corresponderá al gobierno federal, a través de la Secretaría de Gobernación, declarar la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres. La persona titular de la Secretaría de Gobernación notificará a las personas…

¿Está vigente el artículo 25?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 26-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.