Artículo 103 de Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 103. La planeación de las obras públicas y de los servicios relacionados con las mismas deberá ajustarse a lo dispuesto en el presente ordenamiento, así como a los planes y programas de ordenamiento territorial, de Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano.
TÍTULO DÉCIMO TERCERO DE LA DENUNCIA CIUDADANA Y LAS SANCIONES Capítulo Primero De la Denuncia Ciudadana
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.