Artículo 13 de Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 13. Los gobiernos municipales y los de las entidades federativas podrán suscribir convenios de coordinación, con el propósito de que estos últimos asuman el ejercicio de funciones que en materia de asentamientos humanos y Desarrollo Urbano le corresponden a los municipios, o bien para que los municipios asuman las funciones o servicios que les corresponden a las entidades federativas.
TÍTULO TERCERO ÓRGANOS DELIBERATIVOS Y AUXILIARES Capítulo Primero Consejo Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.