Ley federal

Artículo 12 de Ley General de Cambio Climático

Ley General de Cambio Climático · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 12. Corresponde al gobierno de la Ciudad de México ejercer las facultades y obligaciones que este ordenamiento confiere a las entidades federativas y a los municipios en lo que resulte aplicable.

Artículo reformado DOF 19-01-2018 TÍTULO TERCERO INSTITUTO NACIONAL DE ECOLOGÍA Y CAMBIO CLIMÁTICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 12 de Ley General de Cambio Climático?

Corresponde al gobierno de la Ciudad de México ejercer las facultades y obligaciones que este ordenamiento confiere a las entidades federativas y a los municipios en lo que resulte aplicable. Artículo reformado DOF…

¿Está vigente el artículo 12?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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