Artículo 86 de Ley General de Cambio Climático
Ley General de Cambio Climático · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 86. La administración, aplicación y ejercicio de los recursos destinados para apoyar la implementación de acciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático se sujetará a los procedimientos de control, auditoría, transparencia, evaluación y rendición de cuentas que establecen esta Ley y las disposiciones legales aplicables.
Artículo reformado DOF 13-05-2015, 06-11-2020 CAPÍTULO VIII REGISTRO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.