Artículo 29 de Ley General de Contabilidad Gubernamental
Ley General de Contabilidad Gubernamental · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 29.- Las obras en proceso deberán registrarse invariablemente, en una cuenta contable específica del activo.
Artículo reformado DOF 30-12-2015
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.