Artículo 11 de Ley General de Cultura Física y Deporte
Ley General de Cultura Física y Deporte · Última reforma de referencia: 18-10-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 11. Entre los organismos e instituciones públicas y privadas que se consideran integrantes del SINADE, se encuentran entre otros:
I. La CONADE;
II. Los Órganos de las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México de Cultura Física y Deporte;
Fracción reformada DOF 19-01-2018 III. El COM;
IV. El COPAME;
V. Las Asociaciones Deportivas Nacionales;
VI. Los CONDE, y VII. Las Asociaciones y Sociedades que estén reconocidas en términos de esta Ley y su Reglamento.
A las sesiones del SINADE serán invitados permanentes, previa convocatoria, las Comisiones de Deporte de las Cámaras de Diputados y de Senadores del H. Congreso de la Unión, quienes tendrán voz para opinar sobre los temas que se aborden.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.