Ley federal

Artículo 142 de Ley General de Cultura Física y Deporte

Ley General de Cultura Física y Deporte · Última reforma de referencia: 18-10-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 142. Quienes en su carácter de asistente o espectador acudan a la celebración de un evento deportivo deberán:

I. Acatar las disposiciones normativas relacionadas con la cultura física y la prevención y erradicación de la violencia en el deporte, así como de las diversas modalidades de los eventos deportivos contenidas en la presente Ley, su Reglamento y las que emita la Comisión Especial, así como las de la localidad en donde se lleven a cabo, y Fracción reformada DOF 09-05-2014 II. Cumplir con las indicaciones señaladas por el organizador, mismas que deberán contener las causas por las que se pueda impedir su entrada a las instalaciones donde se llevará a cabo dicho espectáculo.

Con estricto respeto a las disposiciones y procedimientos previstos en las leyes u ordenamientos en materia de responsabilidades administrativas, civiles y penales aplicables de carácter federal, de las entidades federativas, de los Municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, los asistentes o espectadores que cometan actos que generen violencia u otras acciones sancionables al interior o en las inmediaciones de los espacios destinados a la realización de la cultura física, el deporte y en las que se celebren eventos deportivos en cualquiera de sus modalidades, serán sujetos a la aplicación de la sanción correspondiente conforme a los ordenamientos referidos por la autoridad competente.

Párrafo reformado DOF 19-01-2018

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 142 de Ley General de Cultura Física y Deporte?

Quienes en su carácter de asistente o espectador acudan a la celebración de un evento deportivo deberán: I. Acatar las disposiciones normativas relacionadas con la cultura física y la prevención y erradicación de la…

¿Está vigente el artículo 142?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-10-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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