Artículo 112 de Ley General de Educación
Ley General de Educación · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 112. La ley respectiva determinará las funciones de la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación, institución encargada de coordinar el Sistema al que se refiere el artículo anterior.
Título Séptimo Del Federalismo educativo Capítulo Único De la distribución de la función social en educación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.