Ley federal

Artículo 340 de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Última reforma de referencia: 14-10-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 340.

[1. La documentación y el material electoral a que se refiere el artículo anterior estará a disposición de la Junta General Ejecutiva o, en su caso, el órgano que corresponda en las entidades federativas a más tardar el 15 de marzo del año de la elección.

2. La Dirección Ejecutiva del Registro Nacional de Electores pondrá a disposición de la Junta General Ejecutiva los sobres con el nombre y domicilio en el extranjero de cada uno de los ciudadanos que hayan optado por la modalidad de voto postal, inscritos en las listas nominales correspondientes, ordenados conforme a la modalidad establecida en el inciso a) del párrafo 2 del artículo 336 de esta Ley.

3. La Junta General Ejecutiva o el órgano que corresponda en las entidades federativas realizarán los actos necesarios para enviar, a cada ciudadano, a través del medio postal, con acuse de recibo, la boleta electoral, la documentación y demás material necesarios para el ejercicio del voto. En el caso de los ciudadanos que hayan optado por la modalidad de voto electrónico, remitirán las instrucciones precisas de los pasos a seguir para que puedan emitir su voto.

4. El envío de la boleta electoral, número de identificación, mecanismos de seguridad, instructivos y demás documentación electoral concluirá, a más tardar, el 20 de abril del año de la elección.] Artículo reformado DOF 02-03-2023 Artículo declarado inválido y recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023 por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 340 de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[1. La documentación y el material electoral a que se refiere el artículo anterior estará a disposición de la Junta General Ejecutiva o, en su caso, el órgano que corresponda en las entidades federativas a más tardar el…

¿Está vigente el artículo 340?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 14-10-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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