Artículo 398 de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Última reforma de referencia: 14-10-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 398.
1. El régimen de financiamiento de los Candidatos Independientes tendrá las siguientes modalidades:
a) Financiamiento privado, y b) Financiamiento público.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.