Ley federal

Artículo 74 de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Última reforma de referencia: 14-10-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 74.

[1. Son atribuciones de las vocalías ejecutivas de las juntas distritales, en sus respectivos ámbitos de competencia, las siguientes:

a) Presidir la junta distrital ejecutiva y durante el proceso electoral el consejo distrital;

b) Coordinar las vocalías a su cargo y distribuir entre ellas los asuntos de su competencia;

c) Someter a la aprobación del consejo distrital los asuntos de su competencia;

d) Cumplir los programas relativos al Registro Federal de Electores;

e) Expedir las certificaciones que le soliciten los partidos políticos;

f) Proveer a las vocalías y, en su caso, a las oficinas municipales los elementos necesarios para el cumplimiento de sus tareas;

g) Ejecutar los programas de capacitación electoral, educación cívica, paridad de género y cultura de respeto de los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral;

h) Proveer lo necesario para que se publiquen las listas de integración de las mesas directivas de casilla y su ubicación, en los términos de esta Ley;

i) Informar al vocal ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva correspondiente sobre el desarrollo de sus actividades, y j) Las demás que le señale esta Ley.

2. Para coadyuvar en los trabajos relativos al Padrón Electoral en cada distrito electoral, se integrará una Comisión Distrital de Vigilancia.] Artículo reformado DOF 13-04-2020, 02-03-2023 Artículo declarado inválido y recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023 por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 74 de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[1. Son atribuciones de las vocalías ejecutivas de las juntas distritales, en sus respectivos ámbitos de competencia, las siguientes: a) Presidir la junta distrital ejecutiva y durante el proceso electoral el consejo…

¿Está vigente el artículo 74?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 14-10-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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