Ley federal

Artículo 52 de Ley General De La Alimentación Adecuada y Sostenible

Ley General De La Alimentación Adecuada y Sostenible · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 52. Los gobiernos de las entidades federativas en coordinación con los municipios y demarcaciones territoriales, promoverán políticas y acciones para la reducción de pérdidas y desperdicio de alimentos en su territorio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 52 de Ley General De La Alimentación Adecuada y Sostenible?

Los gobiernos de las entidades federativas en coordinación con los municipios y demarcaciones territoriales, promoverán políticas y acciones para la reducción de pérdidas y desperdicio de alimentos en su territorio.

¿Está vigente el artículo 52?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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