Artículo 52 de Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes · Última reforma de referencia: 27-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 52. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben desarrollar políticas para fortalecer la salud materno-infantil y aumentar la esperanza de vida.
Artículo reformado DOF 23-06-2017 Capítulo Décimo Del Derecho a la Inclusión de Niñas, Niños y Adolescentes con Discapacidad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.