Ley federal

Artículo 28 de Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias

Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 28. Las personas Titulares de los Centros Públicos de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias durarán en el encargo cinco años, con posibilidad de ratificación hasta por un periodo igual.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 28 de Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias?

Las personas Titulares de los Centros Públicos de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias durarán en el encargo cinco años, con posibilidad de ratificación hasta por un periodo igual.

¿Está vigente el artículo 28?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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