Ley federal

Artículo 199 de Ley General de Responsabilidades Administrativas

Ley General de Responsabilidades Administrativas · Última reforma de referencia: 02-01-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 199. Las autoridades substanciadoras o resolutoras del asunto tienen el deber de mantener el buen orden y de exigir que se les guarde el respeto y la consideración debidos, por lo que tomarán, de oficio o a petición de parte, todas las medidas necesarias establecidas en la ley, tendientes a prevenir o a sancionar cualquier acto contrario al respeto debido hacia ellas y al que han de guardarse las partes entre sí, así como las faltas de decoro y probidad, pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública.

Cuando la infracción llegare a tipificar un delito, se procederá contra quienes lo cometieren, con arreglo a lo dispuesto en la legislación penal.

Sección Décimo Segunda De las actuaciones y resoluciones

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Las autoridades encargadas de investigar y resolver asuntos tienen la responsabilidad de mantener un ambiente de respeto y orden. Esto implica que deben tomar las medidas necesarias, ya sea por iniciativa propia o a solicitud de alguien, para prevenir o sancionar cualquier comportamiento que falte al respeto hacia ellas o entre las partes involucradas. También se deben evitar faltas de decoro y probidad, y pueden solicitar apoyo de la fuerza pública si es necesario.

Si alguna infracción se considera un delito, se procederá contra los responsables de acuerdo con la legislación penal vigente.

  • Las autoridades deben mantener el orden y el respeto.
  • Pueden actuar de oficio o a petición de parte.
  • Se sancionan faltas de respeto y decoro.
  • Se puede solicitar ayuda de la fuerza pública.
  • Los delitos se procesan según la ley penal.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 199 de Ley General de Responsabilidades Administrativas?

Las autoridades encargadas de investigar y resolver asuntos tienen la responsabilidad de mantener un ambiente de respeto y orden. Esto implica que deben tomar las medidas necesarias, ya sea por iniciativa propia o a solicitud de alguien, para prevenir o sancionar cualquier…

¿Está vigente el artículo 199?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 02-01-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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