Ley federal

Artículo 34 de Ley General de Responsabilidades Administrativas

Ley General de Responsabilidades Administrativas · Última reforma de referencia: 02-01-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 34. Las declaraciones de situación patrimonial deberán ser presentadas a través de medios electrónicos, empleándose medios de identificación electrónica. En el caso de municipios que no cuenten con las tecnologías de la información y comunicación necesarias para cumplir lo anterior, podrán emplearse formatos impresos, siendo responsabilidad de los Órganos internos de control y las Secretarías verificar que dichos formatos sean digitalizados e incluir la información que corresponda en el sistema de evolución patrimonial y de declaración de intereses.

Las Secretarías tendrán a su cargo el sistema de certificación de los medios de identificación electrónica que utilicen los Servidores Públicos, y llevarán el control de dichos medios.

Asimismo, el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá las normas y los formatos impresos; de medios magnéticos y electrónicos, bajo los cuales los Declarantes deberán presentar las declaraciones de situación patrimonial, así como los manuales e instructivos, observando lo dispuesto por el artículo 29 de esta Ley.

Para los efectos de los procedimientos penales que se deriven de la aplicación de las disposiciones del presente Título, son documentos públicos aquellos que emita la Secretaría para ser presentados como medios de prueba, en los cuales se contenga la información que obre en sus archivos documentales y electrónicos sobre las declaraciones de situación patrimonial de los Servidores Públicos.

Los Servidores Públicos competentes para recabar las declaraciones patrimoniales deberán resguardar la información a la que accedan observando lo dispuesto en la legislación en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Las declaraciones de situación patrimonial deben presentarse de forma electrónica, utilizando medios de identificación electrónica. Si un municipio no tiene la tecnología necesaria, se pueden usar formatos impresos. En este caso, los Órganos internos de control y las Secretarías son responsables de digitalizar estos formatos y asegurarse de que la información se incluya en el sistema correspondiente.

Las Secretarías también se encargan de certificar los medios de identificación electrónica que usan los Servidores Públicos y de llevar un control de ellos. Además, el Comité Coordinador, con la propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá normas y formatos para la presentación de estas declaraciones, así como manuales e instructivos. Los documentos que emita la Secretaría sobre las declaraciones patrimoniales son considerados documentos públicos y pueden ser utilizados como pruebas en procedimientos penales. Finalmente, los Servidores Públicos que recojan estas declaraciones deben proteger la información conforme a la legislación sobre transparencia y protección de datos.

  • Presentación electrónica de declaraciones patrimoniales.
  • Uso de formatos impresos en municipios sin tecnología adecuada.
  • Responsabilidad de digitalizar formatos impresos.
  • Certificación de medios de identificación electrónica por las Secretarías.
  • Documentos de la Secretaría son públicos y pueden ser pruebas en juicios.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 34 de Ley General de Responsabilidades Administrativas?

Las declaraciones de situación patrimonial deben presentarse de forma electrónica, utilizando medios de identificación electrónica. Si un municipio no tiene la tecnología necesaria, se pueden usar formatos impresos. En este caso, los Órganos internos de control y las Secretarías…

¿Está vigente el artículo 34?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 02-01-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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