Ley federal

Artículo 63 de Ley General de Responsabilidades Administrativas

Ley General de Responsabilidades Administrativas · Última reforma de referencia: 02-01-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 63. Cometerá desacato el servidor público que, tratándose de requerimientos o resoluciones de autoridades fiscalizadoras, de control interno, judiciales, electorales o en materia de defensa de los derechos humanos o cualquier otra competente, proporcione información falsa, así como no dé respuesta alguna, retrase deliberadamente y sin justificación la entrega de la información, a pesar de que le hayan sido impuestas medidas de apremio conforme a las disposiciones aplicables.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 63 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas se refiere a las conductas que se consideran desacato por parte de los servidores públicos. Este desacato ocurre cuando un servidor público no cumple con los requerimientos o resoluciones de diversas autoridades, como las fiscalizadoras, de control interno, judiciales, electorales o en defensa de los derechos humanos.

Las acciones que constituyen desacato incluyen:

  • Proporcionar información falsa.
  • No responder a los requerimientos.
  • Retrasar la entrega de información sin justificación.

Además, este artículo menciona que el incumplimiento puede ocurrir a pesar de que se hayan impuesto medidas de apremio, es decir, sanciones o presiones para que se entregue la información requerida.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 63 de Ley General de Responsabilidades Administrativas?

El artículo 63 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas se refiere a las conductas que se consideran desacato por parte de los servidores públicos. Este desacato ocurre cuando un servidor público no cumple con los requerimientos o resoluciones de diversas…

¿Está vigente el artículo 63?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 02-01-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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