Ley federal

Artículo 76 de Ley General de Responsabilidades Administrativas

Ley General de Responsabilidades Administrativas · Última reforma de referencia: 02-01-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 76. Para la imposición de las sanciones a que se refiere el artículo anterior se deberán considerar los elementos del empleo, cargo o comisión que desempeñaba el servidor público cuando incurrió en la falta, así como los siguientes:

I. El nivel jerárquico y los antecedentes del infractor, entre ellos, la antigüedad en el servicio;

II. Las condiciones exteriores y los medios de ejecución, y III. La reincidencia en el incumplimiento de obligaciones.

En caso de reincidencia de Faltas administrativas no graves, la sanción que imponga el Órgano interno de control no podrá ser igual o menor a la impuesta con anterioridad.

Se considerará reincidente al que habiendo incurrido en una infracción que haya sido sancionada y hubiere causado ejecutoria, cometa otra del mismo tipo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 76 establece criterios que deben tomarse en cuenta al imponer sanciones a servidores públicos que cometen faltas administrativas. Se deben considerar aspectos como el empleo, cargo o comisión que tenía el infractor en el momento de la falta, así como:

  • El nivel jerárquico y los antecedentes del infractor, incluyendo su antigüedad en el servicio.
  • Las condiciones externas y los medios utilizados para cometer la falta.
  • La reincidencia en el incumplimiento de obligaciones.

En caso de que un servidor público reincida en faltas administrativas no graves, la sanción impuesta no podrá ser igual o menor a la anterior. Se considera reincidente a quien, tras haber sido sancionado por una infracción que ya ha causado ejecutoria, comete otra infracción del mismo tipo.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 76 de Ley General de Responsabilidades Administrativas?

El artículo 76 establece criterios que deben tomarse en cuenta al imponer sanciones a servidores públicos que cometen faltas administrativas. Se deben considerar aspectos como el empleo, cargo o comisión que tenía el infractor en el momento de la falta, así como: El nivel…

¿Está vigente el artículo 76?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 02-01-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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