Artículo 24 de Ley General de Salud
Ley General de Salud · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 24.- Los servicios de salud se clasifican en tres tipos:
I. De atención médica;
II. De salud pública, y III. De asistencia social.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.