Artículo 27 de Ley General de Salud
Ley General de Salud · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:
I. La educación para la salud, la promoción del saneamiento básico y el mejoramiento de las condiciones sanitarias del ambiente;
II. La prevención y el control de las enfermedades transmisibles de atención prioritaria, de las no transmisibles más frecuentes, sindemias y de los accidentes;
Fracción reformada DOF 29-03-2022 III. La atención médica integral, que comprende la atención médica integrada de carácter preventivo, acciones curativas, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias.
Para efectos del párrafo anterior, la atención médica integrada de carácter preventivo consiste en realizar todas las acciones de prevención y promoción para la protección de la salud, de acuerdo con la edad, sexo y los determinantes físicos, psíquicos y sociales de las personas, realizadas preferentemente en una sola consulta.
Párrafo reformado DOF 29-11-2019 En el caso de las personas sin seguridad social, deberá garantizarse la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados;
Párrafo adicionado DOF 29-11-2019 Fracción reformada DOF 05-01-2009, 13-01-2014 IV. La atención materno-infantil;
V. La salud sexual y reproductiva;
Fracción reformada DOF 29-11-2019 VI. La salud mental;
VII. La prevención y el control de las enfermedades bucodentales;
VIII. La disponibilidad de medicamentos, dispositivos médicos y otros insumos esenciales para la salud;
Fracción reformada DOF 10-05-2023 IX. La promoción de un estilo de vida saludable;
Fracción reformada DOF 30-01-2012, 14-10-2015 X. La asistencia social a los grupos más vulnerables y, de éstos, de manera especial, a los pertenecientes a las comunidades indígenas, y Fracción reformada DOF 19-09-2006, 30-01-2012 XI. La atención médica a las personas adultas mayores en áreas de salud geriátrica.
Fracción adicionada DOF 30-01-2012. Reformada DOF 29-11-2019
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.