Artículo 71 de Ley General de Salud
Ley General de Salud · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 71.- La Secretaría de Salud prestará, a través del Consejo Nacional de Población, el asesoramiento que para la elaboración de programas educativos en materia de planificación familiar y educación sexual le requiera el sistema educativo nacional.
Artículo reformado DOF 27-05-1987 CAPITULO VII Salud Mental
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.