Artículo 8 de Ley General de Sociedades Cooperativas
Ley General de Sociedades Cooperativas · Última reforma de referencia: 19-01-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 8.- Las sociedades cooperativas se podrán dedicar libremente a cualesquiera actividades económicas lícitas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.