Ley federal

Artículo 157 de Ley General de Sociedades Mercantiles

Ley General de Sociedades Mercantiles · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 157. Los Administradores tendrán la responsabilidad inherente a su mandato y la derivada de las obligaciones que la ley y los estatutos les imponen. Dichos Administradores deberán guardar confidencialidad respecto de la información y los asuntos que tengan conocimiento con motivo de su cargo en la sociedad, cuando dicha información o asuntos no sean de carácter público, excepto en los casos en que la información sea solicitada por autoridades judiciales o administrativas. Dicha obligación de confidencialidad estará vigente durante el tiempo de su encargo y hasta un año posterior a la terminación del mismo.

Artículo reformado DOF 13-06-2014

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Los Administradores de una sociedad tienen dos tipos de responsabilidades: la que proviene de su mandato y la que surge de las obligaciones establecidas por la ley y los estatutos de la empresa. Es importante que estos Administradores mantengan la confidencialidad sobre la información y los asuntos que conozcan debido a su cargo, siempre que no sean de carácter público.

Existen excepciones a esta regla de confidencialidad, como cuando las autoridades judiciales o administrativas solicitan dicha información. Esta obligación de mantener la confidencialidad se extiende durante el tiempo que ocupen su puesto y hasta un año después de que finalice su mandato.

  • Responsabilidad por mandato y obligaciones legales.
  • Confidencialidad sobre información no pública.
  • Excepción ante solicitudes de autoridades.
  • Vigencia de la obligación durante y un año después del mandato.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 157 de Ley General de Sociedades Mercantiles a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 157 de Ley General de Sociedades Mercantiles?

Los Administradores de una sociedad tienen dos tipos de responsabilidades: la que proviene de su mandato y la que surge de las obligaciones establecidas por la ley y los estatutos de la empresa. Es importante que estos Administradores mantengan la confidencialidad sobre la…

¿Está vigente el artículo 157?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.