Artículo 4o de Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito · Última reforma de referencia: 26-03-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4o.- En las operaciones de crédito que esta ley reglamenta, se presume que los codeudores se obligan solidariamente.
TITULO PRIMERO De los Títulos de Crédito CAPITULO I De las diversas clases de títulos de crédito Sección Primera Disposiciones Generales
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.