Ley federal

Artículo 407 de Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito · Última reforma de referencia: 26-03-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 407.- El fideicomiso de garantía se regirá por lo dispuesto en esta sección y, sólo en lo que no se oponga a ésta, en la sección primera anterior.

Artículo adicionado DOF 23-05-2000. Reformado DOF 13-06-2003 CAPITULO VI Del arrendamiento financiero Capítulo adicionado DOF 18-07-2006

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 407 de Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito?

El fideicomiso de garantía se regirá por lo dispuesto en esta sección y, sólo en lo que no se oponga a ésta, en la sección primera anterior. Artículo adicionado DOF 23-05-2000. Reformado DOF 13-06-2003 CAPITULO VI Del…

¿Está vigente el artículo 407?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 26-03-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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