Artículo 122 de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 122. En las versiones públicas no podrá omitirse la información que constituya obligaciones de transparencia previstas en la presente Ley.
TÍTULO SÉPTIMO PROCEDIMIENTOS DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Capítulo I Del Procedimiento de Acceso a la Información
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.