Artículo 196 de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 196. Las Autoridades garantes, en sus respectivos ámbitos de competencia, podrán imponer a la persona servidora pública encargada de cumplir con la resolución, o a las y los miembros de los sindicatos, partidos políticos o a la persona física o moral responsable, las siguientes medidas de apremio para asegurar el cumplimiento de sus determinaciones:
I. Amonestación pública, o II. Multa, de ciento cincuenta hasta mil quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento en que se cometa el incumplimiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.