Artículo 21 de Ley General de Turismo
Ley General de Turismo · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 21. La Secretaría en conjunto con la Secretaría de Cultura, promoverá programas que difundan la importancia de respetar y conservar el patrimonio histórico, artístico, arqueológico y cultural, así como mostrar un espíritu de servicio y hospitalidad hacia el turista nacional y extranjero.
Artículo reformado DOF 17-12-2015 CAPÍTULO VI Del Programa Sectorial de Turismo
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.