Artículo 115 de Ley General de Vida Silvestre
Ley General de Vida Silvestre · Última reforma de referencia: 20-05-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 115. La Secretaría, una vez recibida el acta de inspección, dictará resolución administrativa dentro de los diez días siguientes a la fecha de su recepción cuando:
I. El presunto infractor reconozca la falta administrativa en la que incurrió.
II. Se trate de ejemplares o bienes que se hubieran encontrado abandonados.
III. El infractor demuestre que ha cumplido con las obligaciones materia de la infracción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.