Ley federal

Artículo 125 de Ley General de Vida Silvestre

Ley General de Vida Silvestre · Última reforma de referencia: 20-05-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 125. La Secretaría notificará los actos administrativos que se generen durante el procedimiento de inspección, a los presuntos infractores mediante listas o estrados, cuando:

I. Se trate de ejemplares o bienes que se hubieran encontrado abandonados;

II. El domicilio proporcionado por el inspeccionado resulte ser falso o inexacto;

III. No se señale domicilio en el lugar en el que se encuentra la autoridad encargada de sustanciar el procedimiento administrativo de inspección.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 125 de Ley General de Vida Silvestre?

La Secretaría notificará los actos administrativos que se generen durante el procedimiento de inspección, a los presuntos infractores mediante listas o estrados, cuando: I. Se trate de ejemplares o bienes que se…

¿Está vigente el artículo 125?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 20-05-2021. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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