Artículo 137 de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública · Última reforma de referencia: 16-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 137.- La Auditoría Superior de la Federación fiscalizará los recursos federales que ejerzan la Federación, las entidades federativas y los Municipios en materia de Seguridad Pública, en términos de las disposiciones aplicables.
Artículo reformado DOF 27-05-2019 CAPÍTULO II De los Delitos contra el funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.