Artículo 56 de Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad · Última reforma de referencia: 14-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 56. La Asamblea Consultiva podrá recibir la colaboración de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de los Gobiernos Estatales y Municipales, de organizaciones civiles y de particulares.
Capítulo V Órganos de Vigilancia
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.