Ley federal

Artículo 92 de Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos

Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 92. La Comisión diseñará el proyecto del Programa Nacional, que definirá la Política del Estado Mexicano frente a los delitos previstos en esta Ley, que deberá contemplar, como mínimo, los siguientes rubros:

I. Diagnóstico de la incidencia, modalidades, causas y consecuencias y su comportamiento delictivo, así como los grupos afectados o en mayor grado de vulnerabilidad, así como las rutas y sitios más usuales para captar, trasladar y explotar a las personas;

Fracción reformada DOF 07-06-2024 II. Compromisos adquiridos por el Gobierno de México sobre la materia frente a la comunidad internacional;

III. Estrategias y la forma en que el Estado Mexicano se coordinará y actuará uniformemente, la distribución de competencias y las instituciones gubernamentales responsables de la prevención, protección, asistencia y persecución;

IV. Elaboración de un Inventario de Recursos Existentes;

V. Protocolos de Atención para la Coordinación Interinstitucional;

VI. Ruta Crítica con tiempos, atribuciones y obligaciones;

VII. Políticas Públicas para cumplir con las Estrategias de Prevención, Protección y Asistencia y Persecución;

VIII. Normas Oficiales de Coordinación Interinstitucional;

IX. Formas y necesidades de coordinación e intercambio de información internacional y nacional;

X. Programas de Capacitación y Actualización permanente para los tres poderes y los tres órdenes de gobierno.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 92 de Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos?

La Comisión diseñará el proyecto del Programa Nacional, que definirá la Política del Estado Mexicano frente a los delitos previstos en esta Ley, que deberá contemplar, como mínimo, los siguientes rubros: I. Diagnóstico…

¿Está vigente el artículo 92?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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