Artículo 21 de Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos
Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 20-01-2009 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 21.- Las sanciones previstas en esta ley se aplicarán sin perjuicio de las responsabilidades que resulten por haberse cometido alguno o algunos de los ilícitos previstos en el Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal.
Artículo adicionado DOF 07-01-1980 CAPÍTULO V De la Desmonetización Capítulo adicionado DOF 07-01-1980
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.