Artículo 139 de Ley Nacional de Ejecución Penal
Ley Nacional de Ejecución Penal · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 139. Reducción de obligaciones en el régimen de supervisión Las personas sentenciadas que se encuentren en los supuestos de libertad condicional podrán solicitar la reducción de obligaciones en el régimen de supervisión, siempre y cuando se hubieren dedicado [de forma exclusiva] a actividades productivas, educativas, culturales o deportivas no remuneradas. En el caso de las actividades culturales y deportivas, el sentenciado deberá acreditar participar en la difusión, promoción, representación, y en su caso, competencias en dichas actividades. En el caso de actividades educativas, se deberá acreditar la obtención de grados académicos.
Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad DOF 09-05-2018 (En la porción normativa que indica de forma exclusiva )
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.